Gobierno de Perú extiende por 60 días el estado de emergencia en Lima y Callao restringiendo derechos constitucionales mientras la delincuencia desafía los planes de seguridad. el Gobierno de Perú oficializó este viernes 28 de agosto una nueva declaratoria de estado de emergencia por un período de 60 días para las jurisdicciones de Lima Metropolitana y la provincia constitucional del Callao, con el propósito de combatir los índices de criminalidad organizada y contener diversos focos de violencia urbana.
Por lo tanto, la medida ratificada mediante decreto supremo por la administración de la presidenta Keiko Fujimori da continuidad a un régimen de excepción que rige de manera ininterrumpida y progresiva desde el año 2024. Ante este escenario, la disposición legal faculta a la Policía Nacional del Perú (PNP) a preservar el control del orden interno con el respaldo operativo de las Fuerzas Armadas en puntos críticos.
Disposiciones del decreto supremo, rol de las Fuerzas Armadas y mapas del delito
En primer lugar, la normativa gubernamental establece que la institución policial continuará al frente de las labores de vigilancia y custodia ciudadana, coordinando patrullajes conjuntos con los contingentes militares asignados para tareas de apoyo logístico y táctico.
En este sentido, aunque la dinámica cotidiana de los ciudadanos no experimentará alteraciones drásticas a simple vista en las calles, los mandos de la PNP definirán los cuadrantes de intervención selectiva a partir de reportes de inteligencia estratégica, estadísticas delictivas y la georreferenciación de los mapas del delito.
«El estado de excepción se orienta a neutralizar a las bandas delictivas mediante operativos focalizados de la Policía Nacional con apoyo de las Fuerzas Armadas, fundamentados en análisis criminalísticos y labores de inteligencia en Lima y Callao», fundamenta el texto oficial del Ejecutivo peruano.
Por consiguiente, los organismos de seguridad intensificarán las inspecciones en las zonas identificadas con mayor incidencia de ilícitos.
Restricción de garantías constitucionales y continuidad desde 2024
Suspensión temporal de derechos fundamentales
Por su parte, la entrada en vigor de la prórroga implica la suspensión y restricción temporal de garantías constitucionales clave, entre las que destacan la inviolabilidad del domicilio, el libre tránsito por el territorio nacional, la libertad de reunión pacífica y la seguridad personal.
De manera paralela, estas facultades extraordinarias permiten a las autoridades realizar allanamientos y detenciones preventivas sin mediar orden judicial previa cuando existan indicios fundados de actividades delictivas en curso.
Prolongación del esquema de seguridad en la capital
Al respecto, la extensión de la medida por dos meses adicionales ratifica la política de prórrogas sucesivas adoptada por el Palacio de Gobierno desde 2024 para contener el avance de la delincuencia común y las redes de extorsión que afectan a los distritos limeños y chalacos.
Asimismo, analistas y sectores de la sociedad civil siguen de cerca el balance de efectividad de este modelo frente a la demanda de soluciones estructurales a largo plazo.
Con información de EFE
