Valencia, 30 de enero de 2026-. La OFAC autorizó ciertas actividades con petróleo de origen venezolano. La Oficina de Control de Activos Extranjeros del Departamento del Tesoro de Estados Unidos emitió la Licencia General 46.
La medida se enmarca en las Regulaciones de Sanciones a Venezuela, contempladas en el título 31 del Código de Regulaciones Federales.
Según el documento oficial, la Licencia General 46 permite determinadas transacciones vinculadas al petróleo venezolano.
Estas operaciones podrán realizarse siempre que cumplan condiciones precisas y límites claramente definidos.
La autorización abarca actividades consideradas ordinariamente incidentes y necesarias para la industria petrolera.
Entre ellas figuran la extracción, exportación, transporte, comercialización y refinación de crudo de origen venezolano.
La OFAC autorizó ciertas actividades con petróleo de origen venezolano
La Licencia General 46 aplica a entidades organizadas bajo las leyes de Estados Unidos.
También incluye a empresas constituidas en alguna jurisdicción estadounidense antes del 29 de enero de 2025.
El permiso se extiende incluso cuando participen el Gobierno de Venezuela, PDVSA o empresas con participación mayoritaria de PDVSA.
Esto incluye filiales con control directo o indirecto igual o superior al 50 por ciento.
Las operaciones autorizadas contemplan servicios logísticos y comerciales.
Se incluyen el fletamento de buques, seguros marítimos y servicios portuarios.
Asimismo, la licencia permite pagos comercialmente razonables mediante intercambios de crudo o productos refinados.
Estas operaciones deben ajustarse estrictamente a los términos establecidos por la OFAC.
Condiciones contractuales y pagos
La Licencia General 46 exige que los contratos se rijan por leyes estadounidenses.
Cualquier disputa deberá resolverse dentro del territorio de Estados Unidos.
En cuanto a los pagos, el documento establece reglas claras.
Los fondos dirigidos a personas bloqueadas deberán depositarse en cuentas designadas por el Tesoro.
Estas cuentas corresponden a los Fondos de Depósito del Gobierno Extranjero.
La disposición se basa en la Orden Ejecutiva 14373, emitida en enero de 2026.
Operaciones excluidas y reportes
La Licencia General 46 excluye varias transacciones de forma expresa.
No se permiten pagos en oro ni en activos digitales, incluyendo criptomonedas como el petro.
Tampoco se autorizan canjes de deuda ni pagos considerados no razonables comercialmente.
Además, se prohíben operaciones vinculadas con entidades asociadas a Rusia, Irán o Corea del Norte.
Las empresas que exporten petróleo venezolano a terceros países deberán presentar reportes detallados.
Estos informes incluirán volúmenes, valores, destinos y pagos realizados.
