EE. UU. flexibiliza restricciones para operaciones petroleras en Venezuela bajo estrictas condiciones. El Departamento del Tesoro de Estados Unidos relajó este martes algunas restricciones que permiten a empresas estadounidenses operar en el mercado petrolero venezolano, aunque bajo condiciones estrictas de control, reporte y supervisión financiera.
La medida fue oficializada mediante la publicación de dos licencias en el sitio web del Tesoro. Una autoriza operaciones vinculadas al comercio de hidrocarburos, mientras que la otra permite el uso de puertos y aeropuertos en Venezuela. Ambas disposiciones flexibilizan, sin eliminar, las sanciones endurecidas en 2019 que aún pesan sobre el país.
Según el Tesoro, las licencias permiten transacciones relacionadas con petróleo y gas venezolano, siempre que se evite cualquier beneficio directo al Gobierno venezolano. Para ello, se establecen obligaciones contractuales específicas y mecanismos de control financiero centralizado.
EE. UU. flexibiliza restricciones para operaciones petroleras en Venezuela bajo estrictas condiciones
Entre las condiciones obligatorias figura que cualquier contrato con Petróleos de Venezuela (PDVSA) o con entidades estatales esté regido por leyes estadounidenses, y que cualquier disputa legal se resuelva exclusivamente en tribunales de Estados Unidos.
Además, los pagos a personas o entidades bajo sanciones deberán depositarse en los Foreign Government Deposit Funds, fondos especiales creados por la Orden Ejecutiva 14373 del 9 de enero de 2026, bajo custodia del Tesoro estadounidense.
Las empresas que exporten o suministren petróleo venezolano a destinos distintos de Estados Unidos deberán presentar informes detallados a la administración del presidente Donald Trump. Estos reportes incluirán información sobre las partes involucradas, volúmenes, valores, destinos y cualquier pago al Estado venezolano. El primer informe deberá entregarse diez días después de la primera transacción, y luego cada 90 días.
En paralelo, la licencia sobre infraestructura logística autoriza operaciones “ordinarias y necesarias” en puertos y aeropuertos, como pagos de tasas, atraque de buques o servicios aeroportuarios, siempre que no involucren a personas o entidades sancionadas.
La autorización prohíbe de forma explícita pagos no comerciales razonables, canjes de deuda, entregas en oro, uso de monedas digitales venezolanas, transacciones con entidades de países sancionados, creación de nuevas empresas conjuntas en Venezuela y el desbloqueo de bienes previamente congelados.
Esta Licencia General N.º 48 complementa disposiciones anteriores como la GL 46 y la GL 47, y forma parte de una estrategia que mantiene presión sobre actores sancionados, mientras abre vías controladas para la participación de compañías estadounidenses en el sector energético venezolano.
Firmada por Bradley T. Smith, director de la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC), la licencia refleja el enfoque actual de Washington: incentivar la producción energética venezolana, pero bajo supervisión estricta y sin beneficios irrestrictos para actores sancionados.
