Tribunal Administrativo de Cundinamarca admite una acción popular que busca frenar la juramentación del recién electo presidente de Colombia en Cali tras severas denuncias sobre opacidad en seguridad y costos. La justicia colombiana dio un paso decisivo este martes al admitir para su estudio una acción popular que pretende frenar la decisión de mudar la tradicional ceremonia de investidura del mandatario electo, Abelardo de la Espriella, hacia la ciudad de Cali, capital del Valle del Cauca.
El recurso legal admitido por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca busca suspender de forma cautelar los actos previstos para este viernes. Por lo tanto, la disputa judicial pone en vilo los preparativos institucionales y la logística del traspaso de poder de Abelardo de la Espriella.
Argumentos de la demanda, patrimonio público y la histórica tradición en Bogotá
Al respecto, el demandante David Fernando Cano Mazuera fundamentó su petición en la presunta vulneración de derechos colectivos asociados a la protección del patrimonio público, la transparencia administrativa y la seguridad nacional durante los actos protocolarios de Abelardo de la Espriella. Por consiguiente, el accionante denunció la ausencia de respaldos presupuestarios certificados, acuerdos formales entre las cámaras y planes de gestión de riesgo claros para justificar el cambio de sede. Sin embargo, la movilización institucional para el evento ya se encuentra en marcha.
«Las autoridades accionadas amenazan derechos colectivos al ejecutar el traslado de la posesión de Abelardo de la Espriella a Cali sin que exista información pública, completa y certificada sobre el acuerdo formal, costos, seguridad y soporte presupuestal», sostiene el texto de la demanda admitida.
Efectivamente, el acto de juramentación presidencial se ha llevado a cabo históricamente cada 7 de agosto en las instalaciones del Salón Elíptico del Capitolio Nacional, ubicado en Bogotá. Por este motivo, la aprobación expedida la semana pasada por el Senado y la Cámara de Representantes —a petición del propio Abelardo de la Espriella para realizar el acto en Cali bajo alegatos de descentralización— ha desatado un tenso debate jurídico.
Requerimientos del magistrado e invitados internacionales confirmados
Solicitud formal a organismos de seguridad y de hacienda
Por lo tanto, el magistrado instructor Luis Manuel Lasso Lozano, al admitir el recurso, notified de inmediato al Congreso, Ministerio de Defensa, Cancillería, Ministerio de Hacienda, Dapre, Unidad Nacional de Protección (UNP) y a la Alcaldía de Cali para que remitan informes urgentes antes de resolver la medida cautelar sobre el evento de Abelardo de la Espriella. Por esa razón, las instituciones del Estado deberán justificar los gastos y protocolos fijados para la toma de posesión.
Delegaciones extranjeras y asistencia diplomática
Por otra parte, la incertidumbre jurídica coincide con la confirmación de altos dignatarios internacionales para la ceremonia de Abelardo de la Espriella, entre los que figuran el rey Felipe VI de España, siete Jefes de Estado latinoamericanos y una delegación especial de Corea del Sur integrada por los legisladores Yoon Jun-byeong y Lee Hae-min. Ciertamente, la definición de la sede definitiva compromete la agenda diplomática de las delegaciones invitadas. No obstante, las autoridades colombianas intentan brindar garantías a los asistentes.
Con información de EFE
