Publican en Gaceta Oficial decreto que elimina permisos para exportar café, cacao y pesca mientras el sector agroindustrial acelera sus embarques a los mercados globales. Publican en Gaceta Oficial decreto que elimina permisos para exportar café, cacao y pesca este domingo 8 de noviembre de 2026.
El instrumento legal desmantela formalmente una maraña de trámites administrativos que estrangulaba la competitividad de las cosechas tradicionales y de los cargamentos marítimos frente a los competidores regionales.
La difusión del Decreto 5.460 y la supresión de controles ministeriales
A través de la divulgación formal de la Gaceta Oficial Extraordinaria N.º 7.091, con fecha correspondiente al 4 de noviembre, el Ejecutivo nacional promulgó el Decreto Presidencial N.º 5.460 para regir las operaciones portuarias.
En tal sentido, el cuerpo normativo deroga con efecto inmediato las disposiciones ministeriales que imponían autorizaciones previas y cuotas discrecionales para comercializar estos rubros alimentarios en el exterior.
A este respecto, el decreto anula expresamente la vigencia de los Regímenes Legales 4, 14 y 18, instrumentos que tutelaban los despachos de las carteras de Industrias, Alimentación y Pesca.
Aunado a esto, las autoridades aduaneras suprimieron la exigencia del Certificado de Buenas Prácticas de Manufactura que expedía el Servicio Autónomo de Contraloría Sanitaria (SACS) para validar los despachos internacionales.
La normativa deja sin efecto igualmente los códigos y guías de movilización terrestre que tramitaba la Superintendencia Nacional de Gestión Agroalimentaria (Sunagro) para trasladar mercancías exportables hacia las zonas portuarias.
Asimismo, los exportadores ya no deberán sortear alcabalas intermedias con documentación redundante, consolidando un esquema operativo fluido desde los centros de acopio hasta los buques de carga.
La adecuación sanitaria internacional y los plazos perentorios de legalización
El criterio selectivo para Insopesca y Contraloría Sanitaria
Por otra parte, la disposición gubernamental transforma de raíz el rol fiscalizador que ejercían el Instituto Socialista de la Pesca y Acuicultura (Insopesca) y el SACS.
La normativa establece que los técnicos oficiales practicarán inspecciones sanitarias, fitosanitarias, controles de inocuidad y emisiones de certificados de origen únicamente cuando los ministerios del país receptor los soliciten expresamente como requisito obligatorio de entrada.
En consecuencia, el aparato estatal elimina la doble tributación de tasas sanitarias internas que demoraba la salida de los contenedores refrigerados con camarones, cangrejos y pescado fresco.
Dicha agilización técnica disminuye los costos por estadía de contenedores en los patios de atraque y previene la degradación térmica de los alimentos de alta perecibilidad.
De igual manera, los consorcios agroindustriales podrán programar sus contratos marítimos con una celeridad equiparable a la de los principales puertos del Caribe.
La revisión arancelaria de la Comez y los diez días en Cancillería
Por añadidura, el decreto encomienda tareas estratégicas a dependencias gubernamentales claves para garantizar el desmantelamiento total de las trabas burocráticas.
El mandato ordena a la Comisión Presidencial de Comercio Exterior (Comez) emprender un examen exhaustivo del Arancel de Aduanas para detectar y suprimir cualquier traba administrativa oculta que perjudique al sector privado.
En tal contexto, el Ministerio de Relaciones Exteriores deberá reestructurar sus oficinas de atención para procesar las solicitudes de apostilla y legalización de documentos comerciales en un plazo no mayor a diez días hábiles.
Aquel lapso vinculante de diez jornadas concede certidumbre a las partes para finiquitar contratos de compraventa internacional con respaldo legal oportuno.
Por otro lado, los gremios fabriles vigilarán que los funcionarios de las terminales marítimas y aéreas acaten de inmediato el articulado y no exijan recaudos derogados.
Con información de Alberto News
