Correo del Caroní – Caracas, 2 de diciembre de 2022. La ONG Acceso a la Justicia denunció que Petróleos de Venezuela Sociedad Anónima (PDVSA) suscribió en mayo un acuerdo con la Empresa Nacional Iraní de Refinación de Petróleo y Distribución (Niordc, por sus siglas en inglés); (IRNA, en español) para la reparación y expansión de la refinería de El Palito, ubicada en el estado Carabobo.
Una segunda fase del contrato establece que la empresa del Medio Oriente se encargaría de modernizar el Complejo Refinador de Paraguaná, la mayor instalación de su tipo en el país y, hasta no hace mucho, considerada una de las más grandes del mundo.
Lea también: Venezuela se consagra con otro Récord Guinness: La rueda de salsa casino más grande (+Video)
El acuerdo, valorado en 110 millones de dólares, forma parte de un memorando de entendimiento que ambos gobiernos suscribieron al margen de la cumbre del Foro de Países Exportadores de Gas (GECF, por sus siglas en inglés), en Doha, Catar. En dicho escrito, Irán acordó ayudar a Venezuela a revisar y renovar su sistema de refinación y plantas de procesamiento de gas.
La ONG destacó que “pese a la importancia financiera del pacto, no hay constancia de que el mismo haya pasado por la Asamblea Nacional (AN) electa en 2020 para ser analizado, tal y como manda el artículo 150 de la carta magna”.
“La celebración de los contratos de interés público nacional requerirá la aprobación de la Asamblea Nacional en los casos que determine la ley. No podrá celebrarse contrato alguno de interés público municipal, estadal o nacional, o con Estados o entidades oficiales extranjeras o con sociedades no domiciliadas en Venezuela, ni traspasarse a ellos sin la aprobación de la Asamblea Nacional. La ley podrá exigir en los contratos de interés público determinadas condiciones de nacionalidad, domicilio o de otro orden, o requerir especiales garantías”.
Un hecho reiterativo
La ONG afirma que no es la primera vez que se da este tipo de omisiones, y “se pusieron muy en boga con el aval del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) durante la anterior legislatura, en la que la oposición tuvo la mayoría del Parlamento”.
Recordó que en su sentencia número 618 de 2016, la Sala Constitucional autorizó al Banco Central de Venezuela (BCV) a solicitar al Fondo Latinoamericano de Reservas (FLAR) un préstamo por un millardo de dólares para fortalecer las maltrechas arcas públicas, sin necesidad de la aprobación de los diputados.
La instancia consideró, entre otras razones, que esto no era un nuevo contrato de interés público nacional, sino la ejecución de un acuerdo suscrito hace más de dos décadas y, por lo tanto, “no está sujeto a la autorización de la Asamblea Nacional, ni requiere la consulta a la Procuraduría General de la República, órgano asesor del Ejecutivo nacional”.
Un año después, en su sentencia número 156 del 29 de marzo, la sala autorizó a la Corporación Venezolana del Petróleo (CVP) a conformar, junto a la empresa holandesa Stichting Inversiones Petroleras Iberoamericanas, la compañía mixta Petrosur, que se encargaría de producir en la Faja Petrolífera del Orinoco.
En este caso, la instancia admitió que el asunto debía pasar por los diputados, pero en virtud de la situación de desacato en la que se encontraban, por su negativa de cumplir las resoluciones del TSJ sobre los diputados de Amazonas, consideró que estaban inhabilitados para “ejercer sus atribuciones” y, por ello, se abroga esta potestad.