Valencia, 6 de octubre de 2026-. Cuba autorizó la importación comercial de mercancías por personas naturales, tanto mediante equipajes de pasajeros como a través de envíos.
La medida quedó establecida en el Decreto-Ley 132/2026, publicado en la Gaceta Oficial junto con las resoluciones 197/2026 del Ministerio de Finanzas y Precios y 340/2026 de la Aduana General de la República.
La nueva normativa permite que los viajeros y receptores de paquetes formalicen ante la Aduana mercancías que excedan los límites establecidos para las importaciones sin carácter comercial.
El cambio contempla una alternativa para productos que anteriormente podían ser decomisados cuando las autoridades determinaran que tenían carácter comercial o superaban las cantidades permitidas.
Cuba establece aranceles de hasta 30 %
La Resolución 197/2026 establece que el Impuesto Aduanero y los servicios correspondientes deberán pagarse en dólares estadounidenses.
Para los equipajes de pasajeros se estableció un esquema progresivo. Las importaciones de hasta 2.000 dólares tendrán un arancel de 15 %.
El porcentaje aumentará al 20 % sobre el exceso entre 2.000 y 4.000 dólares. Para el tramo superior a 4.000 y hasta 6.000 dólares será de 25 %.
Las importaciones que superen los 6.000 dólares tendrán un arancel de 30 %.
En el caso de los envíos, la tarifa será de 30 % sobre el valor de la importación.
La normativa también establece tarifas adicionales por los servicios técnico-productivos de la Aduana, igualmente pagaderas en dólares.
La medida entrará en vigor el 12 de octubre
Aunque las disposiciones fueron publicadas el 5 de octubre, las nuevas reglas comenzarán a aplicarse siete días después de su publicación.
Por tanto, el nuevo mecanismo para formalizar las importaciones comerciales estará vigente desde el 12 de octubre de 2026.
El pago podrá realizarse mediante tarjetas internacionales o nacionales en dólares. El efectivo estará permitido únicamente en los aeropuertos que cuenten con entidades habilitadas para recibirlo.
La modificación no elimina las reglas para las importaciones sin carácter comercial. La Aduana mantiene medidas administrativas para mercancías prohibidas, declaraciones fraudulentas y otros incumplimientos establecidos en la normativa.
Cambia el tratamiento de las mercancías con fines comerciales
El Decreto-Ley 132 modifica el artículo 14 del Decreto-Ley 22, que regula el arancel de las importaciones sin carácter comercial.
Con el nuevo esquema, una persona natural podrá optar por formalizar como comercial una mercancía que no clasifique dentro de los límites establecidos para el régimen personal, mediante un despacho independiente y el pago de los tributos correspondientes.
La medida introduce así un nuevo mecanismo aduanero para las mercancías transportadas por viajeros o recibidas mediante envíos que superen los límites establecidos.
