La Superintendencia Municipal de Administración y Recaudación (Sumar), órgano adscrito a la Alcaldía del Municipio Libertador, informó este miércoles que entró en vigencia la suspensión total de la venta y distribución de bebidas alcohólicas en todo el país (ley seca).
Los establecimientos comerciales deben acatar de forma obligatoria la restricción legal. La medida se ejecuta en estricto cumplimiento del decreto de siete días de duelo nacional instruido por la presidenta encargada, Delcy Rodríguez.
En consecuencia, la fiscalización de los locales comerciales busca garantizar el respeto al luto colectivo establecido ante el destructivo doblete sísmico en Venezuela.
Actualmente, las autoridades municipales y los cuerpos de seguridad coordinan despliegues de supervisión para certificar el cierre de los expendios de licor. El comunicado del ente recaudador precisa de manera expresa que, a pesar de emanar de una institución municipal, la restricción posee un carácter y alcance nacional absoluto.
Alcance sectorial de la prohibición de licores
La denominada «ley seca» temporal afecta a la totalidad de los comercios formales e informales que operan dentro de la geografía de la república. Los propietarios de licencias de licores deben mantener sus inventarios resguardados y detener cualquier actividad de comercialización durante el periodo que dure la medida de luto.
Por otra parte, la Superintendencia especificó que la prohibición de distribución de bebidas con contenido alcohólico abarca los siguientes establecimientos autorizados:
Licorerías y bodegones: Locales destinados a la comercialización e importación de licores al detal o al mayor.
Supermercados y bodegas: Cadenas de alimentos y abastos de comunidades que posean estanterías de bebidas alcohólicas.
Restaurantes y centros de consumo: Locales gastronómicos, hoteles y cualquier otro punto de venta o distribución masiva.
De igual importancia, los organismos de control advirtieron que aquellos comercios que vulneren la normativa oficial se exponen a severas sanciones administrativas, multas económicas y la revocatoria inmediata de sus patentes de funcionamiento comercial.
Contexto del decreto de duelo nacional
El decreto de duelo nacional por siete días fue una de las primeras acciones institucionales adoptadas por el Ejecutivo nacional tras el desastre natural. Los movimientos telúricos, de magnitudes 7,2 y 7,5, sacudieron el centro-norte del territorio nacional el pasado 24 de junio con apenas un minuto de diferencia entre uno y otro. Los sismos, que registraron su epicentro en el estado Yaracuy y golpearon con extrema violencia a Caracas y La Guaira, ya son considerados de forma unánime como la peor catástrofe natural en la historia moderna del país.
Por consiguiente, el balance oficial más reciente, presentado este miércoles por el presidente de la Asamblea Nacional, Jorge Rodríguez, expone con claridad la magnitud de la emergencia humanitaria:
Pérdidas humanas: Se reporta un saldo oficial de 2.295 personas fallecidas y 11.267 heridas.
Población damnificada: El registro computa un total de 12.841 ciudadanos damnificados en los refugios del Estado.
Total de afectados: El número global de afectados —sumando pérdidas materiales e impacto psicológico profundo— asciende a 26.403 personas.
La administración pública centralizada mantiene congeladas las actividades de carácter festivo y los eventos públicos recreativos en solidaridad con las familias de las víctimas. Finalmente, las agencias de recaudación locales instan a los empresarios a colaborar con el orden público y la sobriedad social requerida en los cuadrantes vecinales.
Con información de Alertas 24
