La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) emitió este jueves la sentencia número 1034. La resolución declaró la conformidad constitucional de la iniciativa de Reforma Parcial de la Ley Constitucional contra el Odio.
El procedimiento judicial responde al control previo de constitucionalidad solicitado por el presidente de la Asamblea Nacional, Jorge Rodríguez. La iniciativa legislativa fue presentada originalmente por la presidenta encargada de Venezuela, Delcy Rodríguez.
Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia avaló la iniciativa de reforma de la Ley contra el Odio presentada por el Ejecutivo
En una decisión dictada bajo ponencia conjunta, el máximo tribunal del país ratificó su competencia para conocer la solicitud. Asimismo, la Sala confirmó la validez constitucional de la propuesta junto con su exposición de motivos.
Con esta decisión favorable del órgano judicial, la Asamblea Nacional queda autorizada para continuar el debate legislativo. La propuesta será sometida a las discusiones correspondientes en el hemiciclo parlamentario durante las próximas sesiones.
El pronunciamiento legal permite avanzar en la modificación de la norma sancionada originalmente durante el año 2017. Las comisiones parlamentarias asumirán la revisión de los artículos que integran el proyecto de reforma.

Acciones de nulidad y registros de la ONG Foro Penal
Previo a este fallo, diversos sectores sociales y políticos habían interpuesto recursos de nulidad contra la normativa legal vigente. El Comité de Mujeres Políticas solicitó la anulación total del texto y la suspensión de medidas privativas de libertad.
A esta petición se adhirió el alcalde de Baruta, Darwin González, quien demandó la derogación absoluta de la ley. La legislación actual establece penas de hasta veinte años de cárcel para los procesados por presunta incitación al odio.
