Valencia, 12 de agosto de 2026-. Nueva Ley de Arrendamiento de Viviendas que reforma reglas para contratos y desalojos ya entró en vigencia tras ser difundida en Gaceta Oficial.
Una nueva ley de arrendamiento entró formalmente en vigencia en todo el territorio nacional tras su publicación oficial. Así lo reseña la Gaceta Oficial Extraordinaria N.º 7.065, detallando las normativas aprobadas por el Parlamento.
La legislación establece un marco diferenciado para los contratos firmados a partir de su promulgación. Los acuerdos previos continuarán rigiéndose por las disposiciones legales anteriores sobre regularización habitacional.
Esta nueva ley de arrendamiento busca ordenar las relaciones contractuales entre propietarios y arrendatarios particulares. El objetivo principal consiste en promover la actividad dentro del mercado inmobiliario nacional.
Nueva Ley de Arrendamiento de Viviendas que reforma reglas para contratos y desalojos ya entró en vigencia tras ser difundida en Gaceta Oficial
El artículo 12 de la normativa estipula que el canon se acordará libremente entre las partes interesadas. Los ajustes posteriores en bolívares no podrán superar la variación del índice oficial de precios.
Las disposiciones de la nueva ley de arrendamiento también permiten pactar pagos utilizando la tasa cambiaria oficial. Asimismo, se regulan los depósitos de garantía y las pólizas de seguros accesibles.
En cuanto a las reparaciones locativas, aquellas que superen el treinta por ciento mensual corresponderán al propietario. Los arrendatarios asumirán los arreglos menores derivados del uso cotidiano del inmueble.
Reglas claras de preferencia ofertiva y procedimientos para desalojos
La normativa incorpora un mecanismo de preferencia ofertiva para inquilinos con más de dos años de residencia. Quienes se encuentren solventes tendrán derecho a recibir la primera oferta de venta.
Los procedimientos establecidos por la nueva ley de arrendamiento determinan que los desalojos requerirán sentencia judicial previa. Quedan excluidos expresamente los inmuebles comerciales, terrenos baldíos y establecimientos de carácter turístico.
