RDN – Valencia, 24 de septiembre de 2024-. Conducir un vehículo conlleva una gran responsabilidad porque se pone en juego la vida tanto de quien maneja, como los que están abordo del auto y en el espacio público.
De acuerdo con la Ley de Transporte Terrestre de Venezuela quien conduce un vehículo a motor está en la obligación de hallarse en estado físico y psíquico para circular correctamente, llevar debidamente colocado el cinturón de seguridad y velar porque los demás ocupantes cumplan con ese requerimiento, pero también establece una documentación exigible por las autoridades.
Entre estos documentos se encuentran:
- Cédula de identidad.
- Licencia para conducir del grado correspondiente al vehículo (vigente).
- Certificado médico para conducir (vigente).
- Responsabilidad civil (vigente).
- Carnet de circulación (vigente).
En el caso de los conductores de transporte de carga, además de estos requisitos, deben portar el Registro de Operadoras de Transporte de Carga (ROTC) actualizado y para los conductores de transporte público de personas, deben tener la Certificación de Prestación de Servicio (vigente), de acuerdo con elInstituto Nacional de Transporte Terrestre.
¿En qué casos hay retención de documentos y vehículo?
Celia Herrera, presidenta de la Sociedad Venezolana de Ingeniería de Transporte y Vialidad, explicó en entrevista a Unión Radio el lunes 23 de septiembre que las autoridades sólo podrán retener los documentos del conductor y el vehículo cuando se produzca algún tipo de siniestro vial, especialmente si están involucrados lesionados o fallecidos.
«Toma otro matiz desde el punto de vista del Código Civil. Por eso es que los abogados dicen que ciertamente no pueden llevarse los documentos (los funcionarios) ni detener el vehículo por cualquier razón, y menos si no hay una explicación».
Con información de Unión Radio y RDN.