EEUU flexibiliza transacciones financieras para la ayuda humanitaria pero aclara el alcance de tales licencias. El Departamento del Tesoro de los Estados Unidos, mediante la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC), precisó los términos de la Licencia General 60. Ciertamente, esta regulación de emergencia autoriza de forma inmediata todas las operaciones financieras vinculadas directamente con el socorro por los recientes sismos del país. Por lo tanto, el organismo norteamericano elimina trabas administrativas para acelerar el envío de insumos médicos y alimentos a los sectores costeros afectados. Asimismo, la aclaratoria institucional del Tesoro establece que los donantes internacionales no poseen la obligación de emplear la cuenta bancaria FGDF. De este modo, la comunidad internacional agiliza el envío de fondos bajo el concepto de ayuda humanitaria para Venezuela.
Flexibilización tributaria y las restricciones de la OFAC
Al respecto, la medida regulatoria contempla el pago directo de aranceles, impuestos nacionales y tasas operativas al Gobierno venezolano para agilizar las aduanas. Por consiguiente, los agentes aduanales tramitarán los cargamentos de asistencia civil sin el temor de sufrir sanciones comerciales por parte de Washington. Sin embargo, la OFAC advirtió que las restricciones financieras contempladas en los decretos 46C, 48B y 54A permanecen totalmente vigentes y sin cambios. Además, los fiscales norteamericanos supervisarán que las corporaciones privadas no utilicen estas excepciones legales para procesar transacciones comerciales ordinarias ajenas a la contingencia. Por esa causa, el Gobierno estadounidense mantendrá una estricta vigilancia sobre el destino de la ayuda humanitaria para Venezuela.
Sanciones contra el fraude comercial y canales regulados
Prevención de delitos financieros en la emergencia
Por lo tanto, el organismo federal enfatizó que castigará severamente cualquier intento de reclasificación fraudulenta de capitales por parte de empresas privadas. Efectivamente, las autoridades financieras norteamericanas congelarán las cuentas bancarias de las corporaciones que disfracen pagos comerciales ordinarios como donaciones civiles de emergencia. Por este motivo, los bancos corresponsales internacionales mantendrán el blindaje tradicional sobre los recursos financieros que no correspondan estrictamente a la mitigación del desastre. Adicionalmente, las normativas vigentes exigen el uso transparente de los canales de transferencia regulados para garantizar la legitimidad de la ayuda humanitaria para Venezuela.
Opinión jurídica sobre los préstamos directos al Estado
Por otro lado, el abogado especialista en derecho constitucional, José Ignacio Hernández, señaló que el dictamen de la OFAC marca un precedente legal histórico. Por esa razón, el jurista afirmó que la decisión del Tesoro despeja las vías jurídicas para el financiamiento directo de los proyectos públicos:
«El dictamen abre la vía legal para que la ayuda financiera internacional y eventuales préstamos lleguen de forma directa y expedita a las arcas del Estado».
Por consiguiente, el Ejecutivo de la nación costera dispondrá de mayor liquidez monetaria para reconstruir las escuelas y los hospitales dañados. Finalmente, los organismos multilaterales esperan que estas facilidades técnicas aceleren la llegada de la ayuda humanitaria para Venezuela.
La flexibilización temporal de las sanciones económicas estadounidenses permite aliviar el aislamiento financiero que sufren las instituciones públicas de la nación suramericana. Por lo tanto, los analistas económicos sugieren que la correcta canalización de estos recursos humanitarios evitará una crisis de desabastecimiento mayor en las provincias occidentales. De esta manera, el sector privado y las organizaciones no gubernamentales coordinarán la distribución equitativa de las donaciones internacionales bajo el amparo de la ayuda humanitaria para Venezuela.
Con información de BBC
