Valencia, 24 de septiembre de 2026-.Confirmaron la condena por cuatro años de prisión para el futbolista Santi Mina por abusar sexualmente de una mujer en julio de 2017.
La Sala de lo Penal rechazó el recurso presentado por el futbolista contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), que había confirmado la condena dictada por la Audiencia de Almería.
El tribunal también mantuvo la indemnización de 25.000 euros para la víctima, cantidad que el TSJA había reducido desde los 50.000 euros establecidos inicialmente.
Confirmaron la condena por cuatro años de prisión para el futbolista Santi Mina por abusar sexualmente de una mujer en julio de 2017
En su resolución, el Tribunal Supremo sostiene que Mina aprovechó «la proximidad, la sorpresa y la situación» en la que se encontraba la mujer para ejecutar dos actos sexuales inconsentidos.
Según los magistrados, el futbolista interrumpió su actuación cuando advirtió que continuar habría requerido vencer una oposición mediante la fuerza.
La Sala también descartó que existieran elementos para considerar que Mina hubiera interpretado de manera equivocada algún supuesto consentimiento de la mujer.
Los magistrados señalaron que no hay datos que permitan concluir que el condenado interpretara erróneamente una manifestación de consentimiento ni que esa interpretación pudiera deducirse de las circunstancias probadas.
El Supremo también analizó el momento en que Mina detuvo su actuación, después de que la mujer le pidiera que parara.
La sentencia precisa que ese hecho determina cuándo terminó la actuación y explica que el tribunal descartara violencia o intimidación. Sin embargo, no demuestra que hubiera existido consentimiento previo ni que el futbolista creyera que lo había recibido.
La víctima también recurrió la condena
La Sala de lo Penal también rechazó el recurso presentado por la víctima.
La mujer solicitaba que los hechos fueran considerados un delito de agresión sexual con penetración. Además, reclamaba una condena de ocho años de prisión o, subsidiariamente, de seis años.
El Supremo desestimó igualmente la petición para condenar al otro acusado como cooperador necesario o, de manera subsidiaria, como cómplice del delito sexual.
Ese segundo acusado había sido absuelto durante el proceso judicial.
La resolución mantiene así la condena de cuatro años de prisión impuesta a Mina por los hechos ocurridos en 2017.
El caso llegó al Supremo tras varios recursos
La condena inicial fue dictada por la Audiencia de Almería. Posteriormente, el TSJA confirmó los cuatro años de prisión y modificó la indemnización para la víctima.
En julio de 2023, la defensa de Mina anunció que recurriría ante el Tribunal Supremo la decisión del TSJA.
Ahora, la Sala de lo Penal ha rechazado el recurso del futbolista y también la impugnación presentada por la víctima.
