20 Minutos– Caracas, 6 de febrero de 2025-. El Consejo de Ministros aprobó el pasado martes la reducción de jornada laboral hasta las 37,5 horas, una decisión respaldada por el acuerdo entre Gobierno y sindicatos desde finales del pasado año y que pone fin a varias semanas de tensiones entre los ministerios de Trabajo y Economía. Una vez aprobado por el Gobierno, el texto legal definitivo tomará forma tras recibir los informes preceptivos, antes de que se inicie su tramitación parlamentaria, lo que se prolongará previsiblemente durante algunas semanas.
Aunque la reducción de jornada es la principal medida, la norma incluirá nuevas regulaciones para un mayor control del registro de la jornada laboral de los trabajadores: la vicepresidenta Yolanda Díaz explicó la necesidad de reformular este control «en un país que hace una barbaridad de horas extraordinarias sin retribuir a la semana».
El registro deberá ser preciso, digital y accesible
Aunque habrá que esperar a conocer el texto definitivo, que podrá ser modificado durante su tramitación parlamentaria, la referencia publicada del Consejo de Ministros da una idea de las líneas generales sobre las que se constituirá la reformulación del registro de la jornada laboral: se incorporan medidas complementarias para garantizar «la regulación precisa» del registro y los criterios de «objetividad, fiabilidad y accesibilidad» por los que se debe regir.
- La jornada laboral deberá registrarse de forma digital y de forma objetiva y fiable.
- El registro deberá ser cumplimentado personalmente por el trabajador de forma directa para velar por la autenticidad y la trazabilidad. Se hará al inicio y al final de la jornada, y el sistema deberá identificar «inequívocamente» al trabajador. Deberán registrarse también todas las interrupciones que afecten al cómputo de la jornada.
- Para el registro de jornada laboral deberá utilizarse un formato tratable, legible y compatible con los utilizados por trabajadores, empresa y autoridades, con el fin de permitir su documentación y accesibilidad.
- Se establecerán para las empresas obligaciones documentales del registro de la jornada laboral de los empleados, y estos deberán ser accesibles de forma inmediata para empresa, autoridades y trabajadores, así como disponer de interoperabilidad.
- Los contratos de jornada parcial se regirán por estos mismos principios y el registro de jornada se hará de forma idéntica a los de jornada completa.
Tanto los trabajadores, como sus representantes legales y las eventuales inspecciones de Trabajo, deberán poder acceder «de forma inmediata y en cualquier momento» al registro de la jornada de trabajo, incluso de forma remota. Las empresas deberán conservar al menos durante cuatro años los registros, estando siempre a disposiciones de trabajadores, representantes e inspectores de Trabajo.
El registro de jornada será clave para garantizar el cumplimiento de la reducción de jornada a 37,5 horas. Aunque queda ver la forma que tomará el texto final, el Gobierno podrá multar a las empresas por cada trabajador con el que incumplan la nueva norma, y no de forma global como se venía haciendo.
