Valencia, 20 de agosto de 2026-.Un seguro de responsabilidad civil y un seguro médico para el pasajero: Gobierno anunció nuevas regulaciones oficiales a las aplicaciones de delivery y que afilien chóferes.
Empresas de reparto y aplicaciones que afilian conductores deberán cumplir nuevas exigencias establecidas por las autoridades venezolanas.
El Ministerio de Interior y Justicia y el Instituto Nacional de Transporte Terrestre (INTT) dieron a conocer los requisitos para el funcionamiento de estas empresas.
Las nuevas normativas abarcan tanto a compañías dedicadas al reparto como a plataformas digitales que incorporan conductores con vehículos propios o alquilados.
Entre las principales exigencias figura la inscripción en el Registro Nacional del INTT. Las empresas también deberán contar con una escuela de conductores regulada por el instituto.
Esta escuela tendrá que emitir un certificado de aptitud para la conducción comercial a los conductores que presten estos servicios.
Un seguro de responsabilidad civil y un seguro médico para el pasajero: Gobierno anunció nuevas regulaciones oficiales a las aplicaciones de delivery y que afilien chóferes
Las empresas de reparto también deberán mantener vigente un seguro de responsabilidad civil. A esta exigencia se suma un seguro médico destinado a los pasajeros.
Las unidades utilizadas para el traslado tendrán que someterse a revisiones técnicas periódicas. Estas evaluaciones deberán ser realizadas por peritos autorizados por el INTT.
El procedimiento será necesario para gestionar la renovación anual del permiso de operación correspondiente. De esta manera, las unidades deberán cumplir con las condiciones técnicas establecidas por las autoridades.
Las nuevas disposiciones buscan establecer requisitos específicos para las empresas que participan en actividades comerciales de traslado y reparto. Las obligaciones también alcanzan a los operadores que gestionan estos servicios mediante plataformas digitales.
Nuevas exigencias para las aplicaciones
Las regulaciones incluyen a empresas propietarias de plataformas digitales, páginas web y aplicaciones móviles que afilian a conductores.
La medida contempla a los operadores que incorporan choferes con vehículos propios o alquilados para prestar servicios de encomienda. Estas compañías deberán contar con las autorizaciones previstas en el artículo 133 de la Ley de Transporte Terrestre.
Por tanto, las plataformas que conectan a conductores con usuarios también quedan sujetas a las disposiciones establecidas por las autoridades de transporte.
Las empresas deberán adecuarse a los requisitos relacionados con registros, autorizaciones, seguros y condiciones de los vehículos. Además, los conductores deberán contar con la certificación correspondiente para realizar actividades de conducción comercial.
Las nuevas normas amplían así las obligaciones para los operadores tradicionales y las plataformas digitales vinculadas con servicios de reparto y encomiendas.
