Sala Penal del TSJ declara procedente extradición de José Fernando de Matos Rebolledo. La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia declaró procedente la solicitud de extradición de Venezuela a Portugal.
El requerimiento está dirigido a José Fernando de Matos Rebolledo, quien enfrenta un proceso judicial pendiente en el país.
La decisión quedó establecida en la sentencia número 67, publicada el 26 de febrero.
El fallo fue firmado por las magistradas Elsa Gómez, ponente, y Carmen Marisela Castro, junto a Maikel Moreno.
Sala Penal del TSJ declara procedente extradición de José Fernando de Matos Rebolledo
La investigación se originó el 5 de enero de 2023.
Ese día, una víctima presentó denuncia ante el Ministerio Público en el estado Falcón.
La denuncia señalaba presuntos hechos de extorsión y exposición al odio en redes sociales.
Según el expediente, el caso involucraría a varias personas, entre ellas el ahora solicitado en extradición.
Hechos denunciados
La víctima acusó a José Fernando de Matos Rebolledo y a otros individuos.
Se les atribuye la difusión de contenido en redes sociales con el objetivo de afectar la reputación de un comercio.
De acuerdo con la denuncia, habrían utilizado la cuenta “elpiloncitove” en Instagram.
Desde allí presuntamente se publicaban imágenes y documentos para generar rechazo público hacia el establecimiento.
Orden de aprehensión y proceso judicial
En enero de 2023, el Ministerio Público solicitó orden de aprehensión contra varios implicados.
El Tribunal 35° de Control de Caracas emitió la orden contra De Matos Rebolledo.
Se le imputan delitos como extorsión agravada, incitación al odio, obstrucción a la libertad de comercio y asociación agravada.
El caso continuó su curso hasta activarse mecanismos internacionales de búsqueda.
Detención en Portugal
Tres años después, en enero de 2026, Interpol Lisboa informó su detención en Portugal.
La captura se produjo tras la activación de una notificación roja internacional.
A partir de ese momento, el Ministerio Público venezolano inició el proceso formal de extradición.
El expediente fue remitido a la Sala Penal del TSJ para su evaluación.
Procedencia de la extradición
Los magistrados determinaron que la solicitud cumple con los requisitos del derecho internacional privado.
Esto debido a que no existe tratado bilateral de extradición entre Venezuela y Portugal.
En consecuencia, la Sala Penal declaró procedente la extradición solicitada por el Estado venezolano.
Delito imprescriptible
El expediente incluye el delito de incitación al odio, previsto en la ley contra el odio.
Este delito es considerado imprescriptible, según la normativa vigente.
La legislación establece que estos hechos no prescriben por tratarse de violaciones graves de derechos humanos.
Con información de Últimas Noticias
